lunedì 26 gennaio 2026

Refus de l’autorisation de travail : le travailleur étranger ne peut pas former de recours Une décision italienne clarifie la question de la qualité pour agir en matière d’immigration professionnelle

 

Refus de l’autorisation de travail : le travailleur étranger ne peut pas former de recours

Une décision italienne clarifie la question de la qualité pour agir en matière d’immigration professionnelle

Une récente décision de la justice administrative italienne a apporté une clarification nette sur un point souvent source de confusion dans le droit de l’immigration : qui peut contester le refus d’une autorisation de travail lorsqu’il s’agit de l’entrée d’un ressortissant étranger résidant à l’étranger.

La question s’inscrit dans le cadre de l’article 22 du Texte unique italien sur l’immigration, qui régit l’entrée des citoyens non européens pour travail salarié. La procédure est structurée en plusieurs phases distinctes, allant de la demande d’autorisation présentée par l’employeur jusqu’à la délivrance, à un stade ultérieur, du visa d’entrée et du titre de séjour au travailleur.

Selon le juge administratif, cette distinction entre les différentes phases de la procédure est déterminante.

Dans les phases initiales, celles relatives à la demande, à la confirmation ou au refus de l’autorisation de travail, l’intérêt juridiquement protégé est exclusivement celui de l’employeur. C’est l’employeur qui initie la procédure, qui dialogue avec le Guichet unique pour l’immigration et qui est tenu de respecter les délais et obligations prévus par la loi.

Le travailleur étranger, à ce stade, ne dispose pas encore d’une position juridique protégée. La juridiction administrative est explicite : il ne bénéficie que d’un intérêt de fait à l’issue favorable de la procédure, insuffisant pour fonder un recours juridictionnel. En conséquence, en cas de refus ou de révocation de l’autorisation de travail, le travailleur étranger ne peut pas saisir le juge. La qualité pour agir appartient uniquement à l’employeur.

Cette orientation jurisprudentielle est analysée en détail dans une publication récemment mise en ligne sur Calaméo, accessible à l’adresse suivante :
https://www.calameo.com/books/0080797759dd32066810c
(lien direct : https://www.calameo.com/books/0080797759dd32066810c)

L’étude met en évidence les effets pratiques de cette interprétation, notamment sur les stratégies contentieuses encore fréquemment utilisées. Les recours introduits uniquement par les travailleurs étrangers, sans l’implication directe de l’employeur, sont voués à l’irrecevabilité, avec des conséquences concrètes en termes de délais, de coûts et de protection juridique effective.

Ce n’est que dans les phases ultérieures, relatives à la délivrance du visa d’entrée et du titre de séjour, que naissent des droits directement rattachables au travailleur et susceptibles d’un contrôle juridictionnel autonome. Avant ce moment, le droit italien privilégie l’intérêt public à la gestion des flux migratoires et l’intérêt privé de l’employeur.

Cette décision s’inscrit dans une lecture classique et structurée du droit de l’immigration, rappelant que, dans les procédures d’entrée pour travail, il est essentiel de distinguer clairement les rôles et les responsabilités. Elle adresse également un message clair aux praticiens et aux intéressés : dans ce domaine, savoir qui peut agir en justice est aussi important que de savoir quel acte peut être contesté.

La publication Calaméo constitue, à cet égard, un outil utile pour comprendre les limites actuelles de la protection juridictionnelle en matière d’immigration professionnelle en Italie.

Avv. Fabio Loscerbo

Error de la Administración en el sistema del decreto de flujos: el TAR de Apulia ordena la expedición del permiso de residencia “ahora por entonces”

 Error de la Administración en el sistema del decreto de flujos: el TAR de Apulia ordena la expedición del permiso de residencia “ahora por entonces”

Con una sentencia de especial relevancia sistemática, el Tribunal Administrativo Regional de Apulia – Sección Tercera, publicada el 24 de diciembre de 2025, se ha pronunciado sobre una cuestión que desde hace años genera litigiosidad e incertidumbre aplicativa: la gestión de los cupos de entrada para trabajo estacional y las consecuencias jurídicas de los errores imputables a la Administración Pública.

El caso se refiere a ciudadanos extracomunitarios que ingresaron legalmente en Italia en el marco del sistema del decreto de flujos, tras la expedición de los correspondientes permisos para trabajo estacional. Posteriormente, la Administración revocó dichos actos alegando la existencia de cupos excedidos y atribuyendo el ingreso a un “error informático” o material. De ello se derivó la denegación del permiso de residencia y el inicio del correspondiente procedimiento contencioso.

El Tribunal adopta una posición jurídica clara: la verificación de la disponibilidad de los cupos debe realizarse ex ante, antes de la entrada del trabajador extranjero, y no ex post. Permitir el ingreso y negar posteriormente el permiso de residencia por falta de cupo implica trasladar al extranjero las consecuencias de un mal funcionamiento administrativo que no le es imputable. Una interpretación que, según el Tribunal, carece de lógica jurídica y resulta incompatible con los principios de corrección y buen funcionamiento de la Administración.

La sentencia estima el recurso en los límites de la solicitud de expedición del permiso de residencia estacional con validez “ahora por entonces”, reconociendo el interés residual de los recurrentes en la regularización de su situación jurídica, también de cara a eventuales procedimientos administrativos futuros. Al mismo tiempo, se confirma —en línea con una jurisprudencia ya consolidada— la imposibilidad de conceder un permiso de residencia por búsqueda de empleo en el ámbito del trabajo estacional, al estar expresamente excluido por la normativa vigente.

La resolución trasciende el caso concreto. Por un lado, reafirma la responsabilidad de la Administración en la gestión de los flujos migratorios; por otro, tutela la confianza legítima de quienes ingresaron en Italia basándose en actos administrativos válidos y eficaces. En un contexto en el que el sistema de flujos resulta cada vez más central para el mercado laboral, pero estructuralmente frágil desde el punto de vista organizativo, esta decisión fija un criterio claro.

El texto íntegro de la sentencia está disponible en la publicación consultable en Calameo, accesible a través del siguiente enlace, de especial interés para operadores jurídicos, estudiosos y profesionales del sector:
https://www.calameo.com/books/008079775616a5b14b842

Avv. Fabio Loscerbo

Residence Permit and Criminal Records: The Limits of Administrative Discretion

https://ift.tt/OkfrH2u https://www.youtube.com/watch?v=PGUEigaQhb4

Residence Permit Conversion: A Key Court Ruling


 

Elective Residence: no automatic refusal for lack of visa


 

Permisos de residencia, condenas penales e integración: el trabajo no basta TAR Marche, sentencia de 16 de diciembre de 2025, número de registro general 684 de 2025

 Permisos de residencia, condenas penales e integración: el trabajo no basta

TAR Marche, sentencia de 16 de diciembre de 2025, número de registro general 684 de 2025

La sentencia del Tribunal Administrativo Regional de las Marcas (TAR Marche), Sección Segunda, dictada el 16 de diciembre de 2025, en el procedimiento inscrito con el número de registro general 684 de 2025, ha sido publicada en Calameo. La decisión aborda una cuestión de especial relevancia en el derecho de la inmigración: la relación entre la integración laboral, las condenas penales y la denegación del permiso de residencia por motivos de trabajo.

El texto íntegro de la sentencia está disponible en el siguiente enlace:
👉 Publicación en Calameo: https://www.calameo.com/books/008079775f468fd0c9ded
Enlace directo: https://www.calameo.com/books/008079775f468fd0c9ded

El caso

El litigio tiene su origen en la denegación, por parte de la Jefatura de Policía, de un permiso de residencia por motivos laborales a un ciudadano extranjero al que previamente se le había revocado el permiso de residencia UE para residentes de larga duración. Durante el procedimiento administrativo, intervino una condena penal, con aplicación de la pena tras acuerdo entre las partes, por delitos de malos tratos en el ámbito familiar y lesiones personales.

Pese a la existencia de una relación laboral y a la alegada presencia de vínculos familiares en Italia, la Administración denegó el permiso de residencia al considerar que el solicitante presentaba un riesgo para la seguridad pública, incompatible con la expedición del título de residencia.

El principio afirmado por el Tribunal

En su sentencia de 16 de diciembre de 2025, el TAR Marche desestimó el recurso y afirmó con claridad que la integración no puede reducirse únicamente al trabajo. El empleo es un elemento relevante en la evaluación de la integración, pero no resulta suficiente por sí solo para neutralizar una apreciación de peligrosidad social, especialmente cuando las conductas penalmente relevantes afectan a bienes fundamentales protegidos por el ordenamiento jurídico, como la integridad personal y las relaciones familiares.

El Tribunal subrayó que la integración debe valorarse de manera sustancial y global, incluyendo el respeto a los valores sociales y culturales del país de acogida. En este contexto, el comportamiento en la esfera privada y familiar adquiere plena relevancia jurídica, en particular cuando los hechos delictivos se produjeron precisamente en dicho ámbito.

Prohibición de automatismos y discrecionalidad administrativa

De especial interés resulta la interpretación del artículo 5, apartado 5, del Texto Único de Inmigración. El Tribunal reiteró que la prohibición de decisiones automáticas no se traduce en un derecho subjetivo a la obtención del permiso de residencia. La Administración está obligada a realizar una ponderación entre el interés del extranjero en permanecer en el territorio y el interés de la colectividad en la seguridad pública, ponderación que puede legítimamente concluir con la denegación del permiso.

La existencia de vínculos familiares no es, por sí sola, determinante, salvo que dichos vínculos se encuadren en las categorías estrictamente tipificadas por la ley, ni puede operar como un “escudo” frente a conductas consideradas de especial alarma social.

La naturaleza del artículo 9, apartado 9, del Texto Único de Inmigración

La sentencia ofrece asimismo una aclaración precisa respecto del artículo 9, apartado 9, del Decreto Legislativo n.º 286 de 1998. La posibilidad de conceder un permiso de residencia de otro tipo tras la revocación del permiso UE para residentes de larga duración se califica como una facultad de la Administración y no como una obligación. El ejercicio de dicha facultad permanece condicionado a la verificación de todos los requisitos legales, incluida la ausencia de peligrosidad social.

Consideraciones finales

La decisión del TAR Marche, sentencia de 16 de diciembre de 2025, número de registro general 684 de 2025, se inscribe en una línea jurisprudencial que reafirma de forma inequívoca un principio a menudo pasado por alto en el debate público: el trabajo no constituye un escudo automático en el derecho de la inmigración. La integración no es un hecho meramente económico, sino un proceso complejo que implica responsabilidad, respeto de las normas y adhesión a los valores fundamentales del ordenamiento jurídico.

La publicación íntegra de la sentencia en Calameo permite a operadores jurídicos, estudiosos y profesionales del ámbito de la inmigración examinar directamente el texto del fallo y apreciar plenamente su alcance sistemático.

Avv. Fabio Loscerbo

domenica 25 gennaio 2026

Renewal of the Residence Permit for Self-Employment: the Liguria Regional Administrative Court Confirms the Income Requirement as an Essential Condition

 Renewal of the Residence Permit for Self-Employment: the Liguria Regional Administrative Court Confirms the Income Requirement as an Essential Condition

In a judgment delivered in January 2026, the Tribunale Amministrativo Regionale per la Liguria confirmed the lawfulness of a decision refusing the renewal of a residence permit for self-employment, based on the applicant’s lack of adequate and continuous income.

The ruling fits squarely within a now well-established line of case law that attributes a substantive, rather than merely formal, value to the income requirement. According to the Court, income is not a purely bureaucratic parameter, but a concrete indicator of the foreign national’s actual ability to support himself independently, to achieve stable integration into the economic and social fabric of the host country, and to avoid placing a burden on the public system.

In the case at hand, the Administration had ascertained, through the databases of the National Social Security Institute and the Tax Authority, that the income declared by the applicant was extremely low and discontinuous, and in any event far below the statutory threshold required for exemption from contributions to public healthcare costs. On the basis of these findings, the Court held that Article 26 of Legislative Decree No. 286/1998 had been correctly applied, expressly excluding any “flexible” interpretation of the income threshold in the absence of objective elements demonstrating genuine economic self-sufficiency.

Particularly noteworthy is the reasoning whereby the administrative judge refers to the most recent case law of the Council of State, reaffirming that the burden of proving the availability of lawful and sufficient income lies with the foreign national and constitutes a non-derogable requirement for the renewal of a residence permit. From this perspective, self-employment cannot be assessed in abstract terms, but must translate into an effective and stable means of economic support.

The judgment therefore provides a clear clarification on an issue that frequently gives rise to litigation: the renewal of a residence permit cannot be granted without a rigorous assessment of the applicant’s economic capacity, even where the permit is formally based on self-employment. The decisive factor remains the existence of real, documented and sustainable income over time.

The full text of the decision is available in the Calaméo publication at the following link:
https://www.calameo.com/books/008079775bc1086ff5b3e

Avv. Fabio Loscerbo

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